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Tema: Técnicos Deportivos (Leído 422 veces)
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daniel
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En cuanto a los técnicos deportivivos, la Ley 10/90 del Deporte (B.O.E. 17.10.90) recoge en su art. 55 la necesidad de regular la formación de los técnicos deportivos de las diversas modalidades deportivas. Para ello, cuatro años después, se aprueba el Real Decreto 594/94 (B.O.E. 29.4.94) que distribuye las enseñanzas de técnicos en tres niveles: elemental, básico y superior. A su vez, estas enseñanzas comprenden un bloque común para todos los deportes y un bloque especifico para cada modalidad deportiva. Este R.D. no fue puesto en práctica y en 1997 fue sustituido por el R.D. 1913/97 (B.O.E. 23.1.98) que regula las enseñanzas de técnicos deportivos como parte de los ciclos formativos de grado medio y superior de carácter no reglado recogidos en la L.O.G.S.E. Por el momento esta normativa no se ha puesto en funcionamiento, aunque el C.S.D. ha dado ya instrucciones a las Federaciones Españolas acerca de como actuar en el periodo transitorio hasta la aprobación de la normativa especifica para cada modalidad deportiva. Una vez salga este decreto, la CARM, al tener las competencias sobre Educación transferidas, tendrá que volver a redactar otro decreto específico para el buceo. Se estima un periodo mínimo de 4-5 años. Más información; http://www.buceofederado.com/download/RD594.pdfhttp://www.buceofederado.com/download/RD733.pdfFuente: buceofederado.com
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